viernes, 18 de enero de 2013

Seguros de vehículos clásicos e históricos

No son clásicos solamente los coches, sino también las motos, camiones y tractores. Quienes conducen estos clásicos los adoran, por eso las pólizas de seguros de este tipo de vehículos son más baratas, gracias a la mínima siniestralidad que presentan.


Se considera clásico a todo vehículo que tiene más de 25 años, aunque algunos modelos se convierten en vehículos de colección mucho tiempo antes por su excentricidad o difusión muy limitada. No son clásicos solamente los coches, sino también las motos, camiones y tractores. La maquinaria agrícola o los vehículos industriales hablan sobre nuestro pasado tanto o más que los automóviles. Tampoco es raro encontrar coches de bomberos o ambulancias antiguas entre las colecciones de los museos.

Circular en uno de ellos tiene ciertas particularidades que se concretan en las matriculaciones, la obligatoriedad de pasar la ITV y la contratación de un seguro. En cuanto a esto último, la menor siniestralidad de los automóviles clásicos (un 20%, cuando la media de los automóviles "normales" está entre un 50% y 70%) permite ofrecer unas tarifas mucho más económicas. La razón de esta gran diferencia es el uso del automóvil. El aficionado del vehículo clásico adora su vehículo y circula siempre con toda la precaución posible para no dañarlo. Su uso es meramente recreativo y se reduce a viajes de fin de semana, habitualmente por carreteras menos transitadas y casi siempre de día. También resultan mucho más cautelosos en el momento de aparcarlos ya que estos coches tan llamativos no pueden dejarse en cualquier sitio.

La compañía que firma una póliza sobre un vehículo clásico quiere asegurarse de que su cliente lo utiliza de acuerdo a estas características. Por ello las pólizas suelen tener unas limitaciones:
  • El número de kilómetros recorridos cada año no debe superar los 5.000 kilómetros.
  • El vehículo debe estar guardado en garaje.
  • El uso no debe ser diario.
  • El uso no debe ser profesional. Se excluyen los vehículos clásicos que se alquilan para bodas, representación o fiestas.
  • El conductor del vehículo debe ser el propietario del mismo.
  • El vehículo debe tener una antigüedad igual o superior a 20 años en el caso de los coches y 25 en el caso de las motocicletas.
  • El propietario/conductor debe tener una edad superior a 25 años y una antigüedad del permiso de conducir mayor de 4 años.

En caso de siniestro tampoco es necesario contar con un perito especializado para valorar los daños. Eso sí, deberá buscar en Internet o a través de fabricantes o talleres el precio de las piezas necesarias para la reparación, ya que no están incluidas en las bases de datos que utilizan habitualmente estos profesionales con los automóviles de serie.

Las garantías no varían respecto a los seguros tradicionales. La mayoría de seguros sobre vehículos clásicos se firman a terceros, puesto que los accidentes son muy escasos y los posibles daños en circunstancias ajenas a la circulación se suelen cubrir mediante otras pólizas temporales. En general los daños se originan por el transporte o exhibición de la pieza durante las ferias. En estos casos se firman pólizas específicas para los días que sea necesario. Además, los coches de mayor valor suelen cubrir los supuestos de vandalismo, robo o siniestro.


Vehículos Históricos

Hay que hacer constar la diferencia entre vehículo clásico y vehículo histórico, aunque en cuanto a seguros la diferencia sea poca. El Real Decreto 1247/1995 de 14 de julio define como vehículo histórico a todo aquel que tenga una antigüedad mínima de 25 años contados a partir de la fecha de su fabricación. Si ésta no se conociera, se tomaría la fecha de su primera matriculación o en su defecto, la fecha en que ese modelo concreto se dejó de fabricar.

El reglamento también incluye como "Históricos" a los vehículos de colección, aquellos que "por sus características, singularidad, escasez manifiesta u otra circunstancia especial y muy sobresaliente, merezcan acogerse al régimen de los vehículos históricos". El reglamento también incluye como "Históricos" a los vehículos de colección Asimismo, sus piezas constitutivas deberán ser originales y sus recambios, en caso de no hallarse los originales, tendrán que ser reproducciones o piezas equivalentes, debiendo estar debidamente identificadas.

Fuente